Rioja regula el etiquetado de nuevas indicaciones

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Rioja regula el etiquetado

Rioja regula el etiquetado de nuevas indicaciones tras su aprobación por el Consejo Regulador, que ha decidido también acortar los tiempos mínimos de crianza para blancos y rosados. Las nuevas referencias sólo se podrán utilizar cuando se demuestre por trazabilidad que un vino determinado se ha elaborado de una manera determinada o empleando las técnicas correspondientes. La Comisión de Reglamento del Consejo revisará semestralmente la aplicación de estos parámetros con los que Rioja regula el etiquetado de las nuevas indicaciones, que son estas:

Vinos madurados en bodega. Esta nueva expresión no podrá utilizarse en combinación con dibujos, expresiones o menciones relativas a la barrica, roble o madera y tampoco cabrá el uso de expresiones relativas a ‘envejecido’ o ‘aged’.
‘Ediciones o colecciones seleccionadas y limitadas’: esta figura deberá comunicar en qué consiste la colección, selección o edición así como el volumen total del lote. La inclusión será potestativa.

Viñas viejas, centenarias o prefiloxéricas. Estas menciones podrán utilizarse siempre y cuando se acredite una edad mínima de 35 y 100 años – en viejas y centenarias respectivamente – y ser anteriores a 1900 en el caso de las prefiloxéricas; en todas ellas, el vino deberá ser elaborado con, al menos, el 90% de la uva procedente de dichos viñedos.

Viñedos de altura. Este requisito deberá acreditar por trazabilidad que la altura mínima del viñedo es de 550 metros sobre el nivel del mar. El vino deberá ser elaborado con, al menos, el 90% de la uva procedente de dichos viñedos.

Viñedos en propiedad. El vino que así lo desee deberá acreditar que procede de viñedos de propiedad de la bodega – o grupo empresarial que ostenta la titularidad de las instalaciones – o disponer en exclusiva de cualquier título jurídico válido que acredite que la producción resultante sea por un periodo mínimo de 10 años de forma ininterrumpida. El 90% de la uva procederá de dichos viñedos.

Embotellados en la propiedad. Se podrá utilizar esta expresión únicamente cuando  la marca sea propiedad de la bodega o grupo empresarial que ostenta la titularidad de las instalaciones.

Nuevas elaboraciones con lías, hormigón o tinajas de barro. Estas menciones de elaboración se podrán utilizar cuando, por trazabilidad, se demuestre que el vino ha sido elaborado de dicha forma. Excluye la expresión ‘madurado’.

Rioja regula el etiquetadoJunto al acuerdo por el que Rioja regula el etiquetado de nuevas indicaciones, el Pleno también ratificó un acortamiento de los requisitos para el uso del término ‘crianza’ en blancos y rosados, especificando que el envejecimiento se efectuará durante, al menos, 18 meses. Estos vinos se someterán al sistema tradicional mixto de envejecimiento en barrica de roble de 225 litros de capacidad aproximadamente, de forma continuada y sin interrupción durante seis meses, como mínimo, seguido y complementado con envejecimiento en botella. Esta actualización ratifica el interés comercial por parte del sector en la elaboración de estos vinos y permite, así, adelantar su salida al mercado seis meses aprovechando la primavera, temporada donde se dispara el consumo de estos. Por otro lado, este retroceso en los tiempos mínimos del término ‘crianza’ permite evitar solapamientos con los etiquetados como ‘reserva’, evidenciando la diferencia de envejecimiento habida entre ellos.

Iniciativas anteriores de la DOC Rioja:
· La DOC Rioja frena el crecimiento de su viñedo
· Rioja incorporará las categorías de Viñedos Singulares y espumosos
· Hacia las denominaciones municipales y de cru